Sentencia adjunta del Tribunal Supremo, sección 1, del 15 de junio del 2023, que estima un recurso de casación clave en materia concursal, aclarando el requisito de inscripción registral para reconocer privilegio especial a créditos garantizados con prenda sobre créditos futuros. El caso se centraba en si un crédito tributario respaldado por una prenda no inscrita podía considerarse privilegiado especial conforme al artículo 90.1.6 de la Ley Concursal, en su redacción tras la reforma de 2015. El Supremo concluye que la inscripción en el Registro de Bienes Muebles es imprescindible para que dicha prenda tenga eficacia frente al concurso, y sin ella el crédito no puede calificarse como privilegiado especial. Se revoca así la sentencia de apelación que sostenía lo contrario y se confirma íntegramente la de primera instancia, que había degradado el crédito de la AEAT a 50 % con privilegio general y 50 % ordinario. Esta sentencia refuerza la interpretación restrictiva de los privilegios concursales y consolida la exigencia formal de publicidad registral para las garantías reales no posesorias.
